A quien le interese,
Como parte de nuestros esfuerzos de cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales de Turquía (KVKK), actualmente estamos revisando nuestros acuerdos con proveedores que involucran transferencias de datos transfronterizas.
Los servicios prestados por su empresa conllevan la transferencia de datos personales al extranjero. La Ley turca de Protección de Datos Personales y especialmente la modificada en el Artículo 9 de la Ley No. 6698 titulada “Transferencia de datos personales al extranjero”, requiere que los controladores de datos firmen un contacto estándar de conformidad con la Ley Turca de Protección de Datos Personales.
Somos conscientes de que muchos procesadores de datos extranjeros, como Windows, Google, etc., ya están firmando contratos estándar de este tipo con empresas turcas. Si tiene un borrador que envía en sus procesos regulares, le solicitamos amablemente su borrador relevante u orientación sobre el tema.
Un cordial saludo,